Si aun no te pensionas, recuerda que es muy importante conocer las ventajas que la ley del Imss 1973 te ofrece, y tratar de mejorar tu pensión
Amigo trabajador:
A la ley 73 también se le conoce como ley derogada, en virtud de que a partir de 1997, existe una nueva ley, que dejo sin aplicación la otra, pero !!! Importante… si tu cotizaste antes del primero de julio de 1997, todavía te puedes pensionar con la ley viejita la de 1973, que sin duda te da mas beneficios
Pero como saber si cotice antes del 1º de julio de 1997? Lo podemos averiguar con tu número de seguridad social, esta en tu credencial del Imss, tu carnet de citas, o en tu hoja rosa. En el segundo par de dígitos esta el año en el que te dieron de alta.
La ley 73 exige como mínimo 500 semanas de cotización ante el IMSS y 60 años cumplidos para la pensión de Cesantía en edad avanzada y las mismas 500 semanas y 65 años para la pensión de Vejez .
Con la ley 73, lo que tienes ahorrado en tu Afore, pasa a segundo plano, los 2 factores que determinaran la cuantía básica de la pensión del trabajador son, las semanas cotizadas y el promedio salarial de los últimos 5 años cotizados
Desafortunadamente muchos, muchísimos trabajadores han cotizado, pagado su cuotas ante el seguro social con un salario bajo, y por ello al hacer su promedio de sus últimas 250 cotizadas , el resultado es poco, muy bajo.
Pero entonces, ¿ Estoy condenado a recibir una pensión de miseria?
No, si actúas a tiempo, el tramite de tu pensión como muchos procesos en la vida requiere de planeación, y de la asesoría de expertos.
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