Capital Constitutivo

¿Requerimientos y embargos amenazan acabar con tu empresa por algún capital constitutivo? No te angusties, hay procedimientos con los cuales puedes ajustarlo, reducirlo o cancelarlo.

 

Por explicarlo de una manera lo mas sencilla posible, diría que es la solicitud de reembolso, de devolución, que el seguro social le hace a una persona, generalmente al patrón, cuando por su culpa, por no cumplir con sus obligaciones, el propio instituto ha tenido que atender y proporcionar servicios a un trabajador que “no estaba dado de alta, no estaba inscrito en el seguro, o que lo estaba con un salario menor, con un salario que no era el real”, y que ahora en vía de regreso, el seguro le dice al patrón, me debes tal cantidad por todo lo que le hice y le pague a tu trabajador.

El ejemplo más frecuente es el de trabajadores que no están asegurados y que tienen un accidente de trabajo, en cuyo caso si acuden al seguro, este lo va a atender, le va dar los servicios médicos, farmacéuticos y hospitalarios que necesite, le va a pagar los días que no trabaje- sus incapacidades- e incluso le podría pagar al trabajador la indemnización que por ley le corresponda- para después irse contra su patrón y cobrárselo a precio de oro, con recargos y gastos administrativos. El seguro no me podrá cobrar nada que no haya proporcionado directamente, pero generalmente esto cobros suelen ser muy gravosos y habrá que atenderlos de inmediato.