Si dejaste de cotizar seis o más años la ley te exige volver a cotizar al menos 52 semanas
Ya en alguna ocasión comentábamos que para el Seguro social las semanas cotizadas y las semanas reconocidas son dos cosas diferentes.
Las semanas cotizadas al Seguro Social
Semanas cotizadas son todos esos días -convertidos a semanas- que en tu vida laboral haz estado pagando al seguro social a partir de que te diste de alta, es decir todas aquellas cuotas o aportaciones tuyas y de tu patrón, que se vienen acumulando a tu número de seguridad social en tu cuenta.
Y que son pagadas a través de tu patrón, dicho de otra forma, es como se mide tu antigüedad en el seguro, y en cambio las semanas reconocidas son las semanas que el Seguro te tiene como válidas,las que efectivamente cuenta en tu número de seguridad social para el calculo de tu pensión, pero para las cuales el seguro social se pone muy quisquilloso.
Déjame decirte que de manera por demás injusta la ley del seguro social si dejaste de trabajar, tus semanas cotizadas las desaparece, o más bien, las congela, y congeladas no sirven
Exige que para descongelarlas, reactivarlas, vuelvas a trabajar, a cotizar en el instituto, de manera que si dejaste de trabajar menos de tres años, cuando te vuelven a dar de alta, tus semanas reaparecen.
Pero si dejaste de trabajar mas de tres años pero menos de seis, -el caso de Alberto- tendrás que volver a cotizar por lo menos 26 semanas, y en casos más extremos, si dejaste de cotizar seis o más años la ley te exige volver a cotizar al menos 52 semanas más, es decir un año.
Lo trágico del caso es que a esa edad ¿quién te da trabajo?, ¿con quien volver a cotizar?
Mucha gente opta por que algún amigo, conocido o alguna empresa lo de alta, -sin realmente volver a trabajar
Cuidado, el seguro social en esos casos esta ojo avizor y acaba en algunos casos desconociendo las semanas acumuladas de esa forma
Es complejo, pero consúltame, tal vez pueda ayudarte.